Matrimonio, Unión Convivencial ó Unión Civil?
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MATRIMONIO | U. CONVIVENCIAL | U. CIVIL (Local / CABA) | |
Modifica Estado Civil | Sí (pasa a ser Casado/a). | No (mantiene estado civil previo). | No (mantiene estado civil previo). |
Requisito de tiempo | Ninguno. Se puede celebrar de inmediato. | Mínimo 2 años de convivencia comprobable. | Mínimo 2 años de convivencia (baja a menos si hay hijos). |
Régimen de Bienes | Comunidad (gananciales) salvo Acuerdo de Separación de bienes. | Separación de bienes por defecto (salvo pacto escrito). | No regula el patrimonio. Cada uno mantiene lo suyo. |
Derechos Hereditarios | El cónyuge es heredero forzoso. | No hereda por ley (puede por testamento, en tanto no se afecte la legítima de los hijos). | No hereda por ley (puede por testamento, en tanto no se afecte la legítima de los hijos). |
Obra Social / Pensión | Acceso pleno y automático en todo el país. | Acceso pleno demostrando la convivencia. | Acceso limitado a las obras sociales y cajas locales. |
Compensación Económica | Sí, tras el divorcio (plazo de 6 meses para reclamar). | Sí, tras la ruptura (plazo de 6 meses para reclamar). | No contempla compensaciones económicas por ley. |
Cómo se disuelve | Exclusivamente por vía judicial (Divorcio). | Por mutuo acuerdo, cese de hecho o notificación administrativa. | Trámite administrativo simple o por decisión de un miembro. |


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