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Matrimonio, Unión Convivencial ó Unión Civil?

  • hace 2 horas
  • 1 min de lectura

 


MATRIMONIO

U. CONVIVENCIAL

U. CIVIL (Local / CABA)

Modifica Estado Civil

Sí (pasa a ser Casado/a).

No (mantiene estado civil previo).

No (mantiene estado civil previo).

Requisito de tiempo

Ninguno. Se puede celebrar de inmediato.

Mínimo 2 años de convivencia comprobable.

Mínimo 2 años de convivencia (baja a menos si hay hijos).

Régimen de Bienes

Comunidad (gananciales) salvo Acuerdo de Separación de bienes.

Separación de bienes por defecto (salvo pacto escrito).

No regula el patrimonio. Cada uno mantiene lo suyo.

Derechos Hereditarios

El cónyuge es heredero forzoso.

No hereda por ley (puede por testamento, en tanto no se afecte la legítima de los hijos).

No hereda por ley (puede por testamento, en tanto no se afecte la legítima de los hijos).

Obra Social / Pensión

Acceso pleno y automático en todo el país.

Acceso pleno demostrando la convivencia.

Acceso limitado a las obras sociales y cajas locales.

Compensación Económica

Sí, tras el divorcio (plazo de 6 meses para reclamar).

Sí, tras la ruptura (plazo de 6 meses para reclamar).

No contempla compensaciones económicas por ley.

Cómo se disuelve

Exclusivamente por vía judicial (Divorcio).

Por mutuo acuerdo, cese de hecho o notificación administrativa.

Trámite administrativo simple o por decisión de un miembro.

 

 

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