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Planificación para la nueva longevidad

  • hace 1 día
  • 2 min de lectura

"Envejecer bien no es improvisar, es prepararse"



Andrés tiene 80 años. Fue un alto directivo de una empresa metalúrgica y logró forjar un patrimonio interesante. Tiene una colección de esculturas que adora, pero su familia lo encuentra “arcaico”. Hace tiempo se jubiló, pero su mente está lúcida y goza de muy buena salud. Andrés es viudo. Su relación con Juan, su hijo mayor es algo distante, pero con Charly, el menor es cercana. Se siente un abuelo querido por sus nietos.

Su consulta me sorprende. Teme por su vejez, presiente cierto deterioro cognitivo que, a mi juicio, es más una cuestión de temor que una realidad.

Andrés quiere conocer sus opciones para proteger su patrimonio, su estilo de vida e, incluso, su salud mental si no pudiera tomar decisiones en algún momento. Me reúno con él y le explico algunas alternativas:


  •   Otorgar un PODER PREVENTIVO a favor de una persona de su confianza o de más de una (en forma conjunta o indistinta) para que lo representen sí y sólo sí él perdiera el discernimiento o la autonomía. Ello permitiría a sus apoderados, por ejemplo, administrar sus bienes y destinarlos con fines de protección, conforme cláusulas específicas.

  •   Otorgar TESTAMENTO, respetando la legítima que le corresponde a sus hijos, en tanto herederos forzosos (2/3 de su patrimonio). Le sugiero que lo haga ante Escribano, mediante Escritura Pública, pero le aclaro que también podía hacerlo por escrito, a mano, firmando al pie.

  • Constituir un FIDEICOMISO TESTAMENTARIO, es decir, transmitir sus bienes a otra persona (fiduciario) tan sólo para que los administre en beneficio de un tercero (beneficiario), quien los recibirá sólo cuando se cumpla un determinado plazo o condición. El destino de sus esculturas estaría protegido ..! Le aclaré que no puede afectar la legítima de sus hijos y me respondió que su colección de esculturas no afecta los 2/3 de su patrimonio.

  • Dejar DIRECTIVAS MEDICAS ANTICIPADAS, es decir, establecer por adelantado directivas para el cumplimiento de tratamientos médicos y cuidados preferidos para la etapa final de la vida. Se trata de instruir a un tercero para que represente dicha voluntad en caso de que Andrés no pudiera hacerlo. Por supuesto, le aclaré dos cuestiones: 1) que estas directivas puede modificarlas cuando quiera, en tanto tenga discernimiento y 2) que la eutanasia no está autorizada en Argentina.

  • Andrés tiene curiosidad por la DONACION CON RESERVA DE USUSFRUCTO. Creo que es una buena opción para entregar sus bienes a sus hijos y reservarse el uso y goce pero mi temor por el vínculo con Juan me lleva a aclararle que aún cuando él tendría el uso y goce, si quisiera vender por alguna razón alguna propiedad quedaría a expensas de la decisión de sus hijos. Creo que no vale la pena exponer el esfuerzo de toda su vida a la decisión de sus hijos.


Andrés me agradece la consulta y se retira más aliviado, entendiendo que todas las posibilidades son dinámicas y pueden modificarse y/o complementarse constantemente.

 

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